miércoles, 26 de noviembre de 2014

Las cifras de la represión virtual.





El día en que el diputado Robert Serra fue asesinado, Inés González Arraga escribió algunos comentarios burlones en su TimeLine de Twitter sobre lo ocurrido. Entre el 1° y el 4 de octubre, los comentarios de González se multiplicaron: publicó al menos treinta mensajes comentando sobre el asesinato de Serra. Además, Gonzalez mencionó directamente a toda una serie de importantes funcionarios públicos, también en tono peyorativo e insultante. No obstante, la reacción de Inés González no fue inusitada, mucho menos excepcional en un país como Venezuela, donde las redes sociales se han convertido en un medio de desahogo en medio de la censura parcial de medios públicos y privados. No obstante, tres días después del crimen del diputado y luego de ser denunciada por un Tuitero que se identificó como “vigilante de las redes”, Ines Gonzalez fue detenida por el SEBIN (Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional) e imputada por los delitos de instigación pública, ultraje violento y ultraje contra funcionario. La Fiscalía, sólo se apoyo para su actuación en los mensajes de González en Twitter, sin que hubiese un supuesto legal que lo permita, considero que hubo violación de la Ley Resorte (Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión) y que las publicaciones de Inés Gonzalez ameritaban la actuación de la justicia.

El miércoles 22 de Octubre, el diputado oficialista Christian Zerpa declaró que varios ciudadanos habían sido detenidos por “burlarse” del asesinato de Robert Serra en las redes sociales. El diputado no aclaró por qué un comentario provocador podía considerarse un delito, pero puntualizó en el programa “Primera Página” del canal televisivo Globovisión que “Hay detenidos por haberse burlado (del asesinato de Serra). Tú colocas el nombre de Robert Serra y ves cómo había gente (en Twitter) que se burló, probablemente algunas personas borraron sus tuits pero otras no”. El parlamentario no explicó tampoco bajo cual marco legal, los comentarios de Ines González y otros Tuiteros pueden ser considerados ilegales pero insistió en que se trataba de una ofrenta a la memoria del diputado asesinado y agregó “si, (la oposición se alegra por el asesinato de Robert Serra). Vimos como a través de las redes sociales muchas personas se burlaban de la situación que estaban viviendo los familiares, los amigos (y) los colegas parlamentarios de Robert Serra”.

El 19 de noviembre, se conoció que la propuesta a la reforma de la Ley Orgánica contra Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo se encuentra la figura del “Ciberterrorista” o al menos, bajo la presunción de crear una figura legal que ampare y califique como delito las opiniones expresadas vía redes sociales. La posible reforma — que aún se encuentra en discusión, pero cuya importancia parece disimulada bajo el paquete de leyes aprobada vía habilitante por el Presidente Nicolás Maduro — abre la posibilidad que el Estado no sólo pueda usar la ley en detrimento de la libertad de expresión vía Redes Sociales sino de la contraloria, control y posterior penalización de cualquier mensaje público que el estado pueda asumir como “denigrante”, “peligroso” e incluso “desestabilizador”. En otras palabras, el Gobierno intenta construir un entramado legal que sostenga su percepción sobre la opinión como delito y lo que más inquietante aún, su interpretación de la censura previa de cualquier mensaje público que se transmita. La ley que persigue, estigmatiza y convierte la opinión en un hecho penal, no importa si se trata de un reflejo fidedigno de lo que está ocurriendo.

Además, la reforma maneja conceptos que aún no han sido definidos como supuestos legales en nuestro país, lo que le permite que el margen de interpretación sea lo suficientemente amplio como para ser peligroso. Lo suficientemente difuso como para que pueda utilizarse como un arma directa contra el ciudadano que opina. Y es que el principal deudor y posible victima de esta reinterpretación legal sobre la divulgación de la información es quién emite no sólo una opinión, sino quién la recibe. Y es que la reforma legal, no se conforma solamente con crear un supuesto legal difuso que asume que cualquier mensaje pública pueda ser considerado como “peligroso” sino que además, el mismo hecho de difundirlo convierte en cómplice a cualquier ciudadano. Así que usted no sólo no podrá expresar una opinión contraria al gobierno suceptible de ser considerada ilegal y punible, sino que además, el solo hecho de difundirla, le convierte en un “sospechoso” de un delito sin sustento penal constitucional. El gobierno entonces, elabora una visión de la simple difusión de la información como hecho judicial.

Inés Gonzalez Arraga continúa recluida en las instalaciones del SEBIN, luego de casi dos meses de haber sido detenida. Su caso, además, no es el único: más de siete usuarios de la red Social Twitter se encuentran detenidos, acusados por delitos semejantes a los que fueron imputados a Gonzalez. En todos los casos, los tuiteros fueron acusados de “conducta conspirativa” y de “burlas” a la dignidad del Diputado Robert Serra. Para la mayoría de la bancada oficialista en la Asamblea Nacional, la opinión vía Twitter puede ser de hecho catalogada como delito, una noción que se insiste al momento de no sólo de formular la posible reforma legal que crearía la figura del “Ciberterrorismo” sino del hecho de insistir en que las redes sociales pueden ser “Una figura conspirativa”. Para la representación opositora en el órgano legislativo, la posibilidad de que se apruebe la reforma podría dar pie a un tipo de hecho punible por completo arbitrario, y sobre todo, sometido a la interpretación del legislador de turno. El diputado de la Asamblea Nacional, Eduardo Gómez Sigala, miembro de la Comisión de Política Interior , denunció que el Gobierno propuso la reforma de la Ley contra la Delincuencia Organizada, con el único objetivo de “amedrentar e impedir que los ciudadanos se expresen a través de las redes sociales, creando el delito de “ciberterrorismo”.

Además, para el diputado, la reforma se lleva a cabo oculto en medio de la discusión del paquete de leyes habilitantes, lo que minimiza y disimula su impacto y hace aún más grave su posible contenido “El texto de la reforma a esta ley fue distribuido con premura por la comisión con la intención de discutirlo este miércoles, pero luego de convocada la reunión se suspendió”, informó el diputado” comentó Sigala, que además añadió que “la nueva redacción de la ley, en los artículos 72 y 73 se establecen penas de entre 1 a 5 años de prisión para quienes utilicen redes sociales y otros medios electrónicos, para promover o atentar contra el orden constitucional o alterar la paz pública. Esto explica que todo el paquete de medidas vendrá acompañado de mecanismos de represión cuyo instrumento será la modificación de esta ley”. Un preocupante planteamiento que sugiere que no se trata de unicamente de la creación de un nuevo sujeto legal — hasta ahora desconocido en nuestra jurisdicción — sino también, de una serie de elementos de represión que atentan directamente contra la libertad de expresión y la neutralidad — en Venezuela en entredicho — de Internet y toda comunicación virtual.

Más preocupante aún: La Ley Orgánica contra la delincuencia organizada y financiamiento del terrorismo fue reformada en el 2012 y una nueva modificación no solo atenta contra su integridad como instrumento legal, sino que es directamente violatoria de la constitución vigente. El diputado Sigala insiste que la reforma, redactada para complacer los intereses ideológicos del chavismo, puede convertirse en un arma de ataque legal contra cualquier disidente: “porque en la práctica da calificación de delincuentes a todos los actores políticos de oposición al tratarlos como enemigos (legislar para el enemigo), algo que en Derecho Penal se considera una aberración pues otorga al Estado la discrecionalidad de criminalizar opiniones, críticas y protestas”.

“Vivimos una dura crisis económica y social, hay desabastecimiento, los servicios básicos están colapsados, la inflación nos ha desbordado y la inseguridad mata a más personas que las guerras de otros países y frente a ello el Gobierno nacional pretende aprobar una ley para impedir entre otras cosas, mediante el terrorismo de Estado, que el pueblo salga a la calle a ejercer su legítimo derecho a la protesta” concluye el diputado, dibujando un panorama legal poco menos que preocupante al que deberá enfrentarse el ciudadano en un futuro inmediato. (Lee el resto de las declaraciones a Eduardo Gomez Sigala aquí)

La pregunta inevitable que surge luego de revisar la reforma (que puedes consultar aqui) es hasta que punto el Estado Venezolano transformará la información y sobre todo, los canales de comunicación y difusión de la noticia y la opinión en delitos. ¿Cual será el limite entre lo que podrá expresarse y lo que no? ¿Quién decidirá que una opinión es noticiosa o peligrosa? ¿Hasta que punto la ideología se esgrimirá como excusa para culpabilizar y sobre todo, sancionar a cualquier ciudadano que use las redes sociales para expresar puntos de vista divergentes a los del poder? ¿A qué se refiere con el novedoso concepto de “Paz pública” contenido dentro de la reforma y que no se ha definido y mucho menos conceptualizado en ningún instrumento legal vigente? ¿Cuantas situaciones como la de Inés Gonzalez, detenida e imputada por burlarse — en palabras del diputado Christian Zerpa — de un funcionario público ocurrirán bajo el sesgo de una ley que al parecer se reforma para complacer la piel muy sensible del oficialismo con respecto a la opinión ciudadana? ¿Como afectará un supuesto de Ley que penaliza cualquier información que pueda ser considerada “desestabilizadora” la información que circula por la red y que se ha convertido durante los últimos meses en el único medio de comunicación inmediato del que dispone el Venezolano? ¿Que clase de sanciones impondrá a la opinión un instrumento legal convertido en una retaliación pública contra el pensamiento libre y cuanto afectará la divulgación de las ideas? Porque además, la futura reforma institucionaliza el espionaje, desconoce los derechos a la privacidad y además, vulnera directamente los derechos humanos del ciudadano.

Todo lo anterior, bajo la amenaza abstracta y difusa del cibertorrismo. Una amenaza real en el mundo moderno pero que hasta no ha registrado un verdadero ataque que pueda medir las consecuencias de una situación semejante. En otras palabras, el Gobierno Venezolano transforma un riesgo potencial en una visión del sesgo político actual, en un arma que se empuña contra el ciudadano y además, contra la información veraz y oportuna consagrada por la constitución. Y es que el Chavismo, amparado por esa necesidad de construcción de una red legal que sofoque los derechos y libertades que puedan resultar incómodos a su proyecto y sobre todo, que beneficien la crítica y el disenso, convirtió un peligro latente — y que el mundo contemporáneo debe aprender a medir y a controlar — en un manifiesto ideológico sin el menor valor ni mucho menos sustancia, más allá que la retaliación política.

Y es que Venezuela, la amenaza del “Ciberterrorismo” es una figura que se construye para limitar los poquísimos espacios donde aún la disidencia y también, la libre opinión puede manifestarse. La cantidad de usuarios del servicio de internet es de 3.620.784 al cierre del primer trimestre del año 2013, lo cual puede traducirse como que sólo una fracción de la población Venezolana (menos del 20% y mucho más aún en zonas rurales y de escasa capacidad de comunicación) tiene real acceso a las redes sociales. El espectro se limita aún más, cuando se analizan los datos de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones, que indican que los sitios más visitados en nuestro país son Facebook, seguido de Google y YouTube. Sin embargo Twitter, considerada la principal fuente de difusión de noticias en nuestro país, se encuentra según el ránking ALEXA en quinta posición, lo que sugiere que una miníma proporción de la población conectada a Internet lo utiliza de manera consistente. Así que, la creación de una ley que regule de manera política y discriminatoria los mensajes vía Twitter y otros plataformas sociales, sólo parece ser a reacción inmediata de un gobierno que necesita el total control de la opinión para preservarse en el poder.

Porque en Venezuela, el concepto de “Ciberterrorismo” tiene una directa relación con el panorama ideológico, antes que un enfrentamiento contra un tipo de ataque real contra sistemas de seguridad que afectan la estabilidad de la nación, concepto estricto del término. Barato, anónimo, accesible y la mayoría de las veces irrastreables, el Ciberterrorismo puede ser llevado a una considerable distancia y afectar el funcionamiento de instituciones y organismos, sobre todo en países muy dependientes de la informática y las plataformas electrónicas para el funcionamiento de los diferentes estratos del poder. ¿Es esta visión de guerra tecnológica y tecnificada la que trata de combatir el oficialismo Venezolano con un instrumento legal incompleto e inconsulto? ¿Es convertir la opinión virtual en un delito una manera de luchar contra la compleja red de posibilidad electrónicas una forma de luchar contra un enemigo real del que no tiene conocimiento alguno? Resulta cuando menos bochornoso, que la reforma a la ley que propone convertir a las redes sociales en sospechosas incidentales de delitos de opinión y víctimas de la censura, intente englobar un tipo de crimen electrónico que la mayoría de los países aún analizan desde el punto de vista de la hipótesis. Y es que en Venezuela, los legisladores que construyen un entramado legal a la medida de las aspiraciones de control del Gobierno, parecen desconocer que en Cifras, el Ciberterrorismo continúa siendo una noción borrosa e incluso por completo inaplicable, sobre todo en nuestro país, donde la plataforma tecnológica a recursos y servicios es limitado. En otras palabras, el Gobierno intenta disfrazar su necesidad de control directo sobre la opinión a través de una idea que aún en la mayoría de los países del mundo se encuentra en discusión.

La reforma a la Ley aún no ha sido aprobada, pero no hay dudas en probablemente se aprobará sin que se lleve a cabo una discusión consistente sobre las peligrosas connotaciones e implicaciones que afecta su posible promulgación. Lo que atemoriza, además, es la percepción que que el posible atentado a nuestra privacidad, libertad de expresión y derechos humanos, quedé convenientemente justificada por la necesidad del gobierno de ejercer presión y sobre todo, de limitar a su mínina expresión los espacios en donde el ciudadano puede expresar su descontento. Una noción que parece sugerir que para el gobierno, la verdadera amenaza no proviene del mundo electrónico que intenta con torpeza penalizar, sino la capacidad del ciudadano para expresar a viva voz su punto de vista. Un matiz preocupante que demuestra, otra vez, que para la revolución Chavista, la información es quizás el más importante enemigo a vencer.

0 comentarios:

Publicar un comentario